Las actividades económicas de las fases 1 y 2 de la reactivación económica seguirán operativas, indicó la presidenta del Consejo de Ministros.

Las actividades comprendidas en la fase 1 y 2 de la reactivación económica seguirán operando durante el confinamiento de 15 días decretado para 10 departamentos del país, entre ellas Áncash. Así lo informó la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez, en conferencia de prensa.

La cuarentena, formalizada hoy con el Decreto Supremo N.° 008-2021-PCM, fue aclarada por la presidenta del Consejo de Ministros, ante las dudas que surgieron ante la falta de claridad de dicha norma.

"Hay un listado de actividades que no se pueden realizar durante este periodo de confinamiento en las regiones de riesgo extremo. Sin embargo, las demás actividades esenciales, que eran las actividades de la Fase 1 y 2 pueden realizarse", mencionó.

Las personas que laboren en actividades que pertenecen a las primeras dos fases de la reactivación deberán tramitar un pase laboral. La premier indicó que se estaba trabajando para que el pase sea de vigencia semanal.

Áncash se encuentra en el grupo de 10 departamentos que deberán cumplir un periodo confinamiento total desde el 31 de enero hasta el 14 de febrero, por ser lugares con riesgo extremo en el contagio de la COVID-19.

Actividades de la Fase 1:

  • Explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de minas del estrato de la gran minería y, proyectos en construcción de interés nacional e hidrocarburos.
  • Insumos para la actividad agropecuaria.
  • Pesca industrial (consumo humano indirecto).
  • Producción temporal: órdenes de compra (exportaciones) vencidas y por vencer.
  • Industrias de vidrio, forestal (maderable u no maderable), papel y cartón, plásticos y hielo ampliación de textil y confecciones, maquinaria y equipo.
  • Industria metalmecánica
  • Sustancias químicas básicas y abono y servicios complementarios a agricultura (para actividades esenciales).
  • Proyectos del Plan Nacional de Infraestructura para la competitividad (PNIC).
  • Proyectos de la Autoridad para la Reconstrucción con cambios (ARCC)
  • Proyectos del Sector Transportes y Comunicaciones.
  • Obras de saneamiento.
  • Actividades de infraestructura agraria (riego, mantenimiento, rehabilitación de drenes, entre otros).
  • Proyectos inmobiliarios priorizados (fase de excavación, estructuras y acabados, y viviendas en el ámbito rural).
  • Productos agrarios (alquiler/venta de maquinarias)
  • Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR), acceso de agua y alcantarillado en comisarías, hospitales y colegios.
  • Industrias y servicios conexos a la construcción.
  • Restaurantes y afines autorizados para entrega a domicilio
  • Hoteles categorizados y transporte turístico para actividades esenciales.
  • Servicios vinculados a telecomunicaciones
  • Servicios complementarios a la agricultura.
  • Servicios prestados a empresas (soporte de TI y servicios profesionales, exportaciones de servicio de conocimiento)
  • Servicios notariales
  • Servicios de reciclaje.
  • Servicios de mantenimiento de equipo relacionado a edificaciones y hogares (bombas, termas, ascensores, gasfitería, electricista, carpintería, entre otros)
  • Servicios de almacenamiento de: Abonos y materias primas agropecuarias, artículos de plásticos, vidrio, papel, cartones, aserradura de madera, hielo para actividades en general.
  • Comercialización de productos agrarios
  • Comercio electrónico de bienes para el hogar y afines.

Actividades de la Fase 2:

  • Actividades jurídicas
  • Actividades de contabilidad, teneduría de libros y auditoría; asesoramiento en materia de impuestos Actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de asesoramiento técnico Investigación y desarrollo experimental en el campo de las ciencias sociales y las humanidades
  • Actividades veterinarias
  • Actividades de seguridad privada
  • Actividades de servicio de sistemas de seguridad
  • Actividades de investigación
  • Alquiler y arrendamiento operativo de vehículos automotores
  • Alquiler y arrendamiento operativo de otros tipos de maquinarias, equipos y bienes tangibles.
  • Actividades de telecomunicaciones alámbricas
  • Actividades de telecomunicaciones inalámbricas
  • Actividades de telecomunicaciones por satélite
  • Actividades postales
  • Actividades de mensajería
  • Actividades de asociaciones empresariales y de empleadores
  • Construcción de carreteras y líneas de ferrocarril
  • Construcción de proyectos de servicio público
  • Construcción de otras obras de ingeniería civil
  • Captación, tratamiento y distribución de agua
  • Servicios de transporte de pasajeros por carretera interprovincial (el transporte interprovincial solo está suspendido en las diez regiones con alerta extrema)
  • Servicios de transporte interprovincial privado para las actividades autorizadas de la fase 1 y fase 2 y transporte de carga por tubería
  • Elaboración de alimentos preparados para animales
  • Elaboración de malta y cerveza
  • Elaboración de vinos, otras bebidas alcohólicas y tabaco
  • Fabricación de calzado.}

Revise las actividades autorizadas tal cual fueron publicadas aquí:

Fase1: https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-aprueba-la-reanudacion-de-actividades-ec-decreto-supremo-n-080-2020-pcm-1865987-1/?fbclid=IwAR3v_bMZrHY62i3yVyJRXSf5fcbd-A3WhFoAif7tqP7bjCch8QUGJj3fYdU

Fase 2: https://busquedas.elperuano.pe/download/url/decreto-supremo-que-aprueba-la-fase-2-de-la-reanudacion-de-a-decreto-supremo-no-101-2020-pcm-1867300-2

(Con datos de RPP)


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