Sacaron llantas, cabos, fierros, boyas, botellas y plásticos, que fueron arrojados de manera inescrupulosa por malos ciudadanos y pescadores.

La Dirección Regional de la Producción (Direpro) de Áncash retiró aproximadamente 20 toneladas de desechos durante la campaña de limpieza “Recupera el Azul”, realizada en el fondo marino de la bahía de Chimbote, en Áncash.

Durante esta jornada, ejecutada en el Desembarcadero Pesquero Artesanal de Chimbote y la orilla de la playa La Caleta, participaron los integrantes de la asociación de buzos y tripulantes de pesca artesanal “Nueva Generación” de Chimbote, la Municipalidad Provincial del Santa, la Capitanía de Puerto de Chimbote y pescadores artesanales, quienes unieron fuerzas para apoyar esta causa.

N

Gracias al esfuerzo conjunto, se lograron retirar llantas, cabos, fierros, boyas, botellas y plásticos, que fueron arrojados de manera inescrupulosa por malos ciudadanos y pescadores.

La Direpro Áncash informó que también se realizó una limpieza exhaustiva en la orilla de la playa La Caleta, con el trabajo del personal de esta institución y de la Municipalidad Provincial del Santa desde las primeras horas del último jueves 29 de agosto.

(Fuente: Direpro Áncash)

Resoluciones ministeriales fueron publicadas hoy en el diario El Peruano, junto a otras normas para el ordenamiento de la pesca artesanal y de menor escala.

El Ministerio de la Producción (Produce) publicó hoy dos resoluciones ministeriales que establecen las zonas de extracción diferenciada de la anchoveta y pejerrey, en el departamento de Áncash, para la conservación pertinentes que aseguren los procesos de desove y sostenibilidad de ambos recursos hidrobiológicos, que permita el mantenimiento y crecimiento de la pesca dedicada al consumo humano directo.

En el caso de la anchoveta, la Resolución Ministerial n.º 324-2024-PRODUCE, establece que la zona de extracción diferenciada para las embarcaciones de menor escala y artesanales dedicadas a la extracción de este recurso será fuera de la milla uno hasta la milla tres, en el ámbito marítimo comprendido entre las latitudes 08°45′ S y los 09°18′ S.

En tanto, para el recurso pejerrey (Odontesthes regia), la Resolución Ministerial n.º 326-2024-PRODUCE, estable que la zona de extracción diferenciada para los pescadores artesanales que cuentan con embarcaciones artesanales menores a 10 m³ de capacidad de bodega y con el uso de red de cerco será dentro de las primeras tres millas marinas, en el ámbito marítimo comprendido entre las latitudes 08°58’53’’S (Santa) y 10°06’27’’S (Huarmey).

Para ambos recursos, la zona de extracción diferenciada está sujeta a las condiciones ambientales, biológicas y poblacionales, por lo que es modificada y/o suspendida previo informe del Instituto del Mar del Perú (Imarpe). Asimismo, su vigencia está sujeta a las recomendaciones que la entidad remita oportunamente al Ministerio de la Producción.

La facultad para que este ministerio determine zonas de extracción diferenciadas para la actividad artesanal y para la actividad de menor escala, debido a las características geográficas del litoral, previo informe técnico favorable del Instituto del mar del Perú (Imarpe), fue establecida en las disposiciones complementarias de la Ley n.º 31749, que modificó el artículo 33 de la Ley General de Pesca.

PESCA ARTESANAL Y DE MENOR ESCALA

Produce también publicó hoy el Reglamento de la Ley n.º 31749, que reconoce la pesca tradicional ancestral y la pesca tradicional artesanal e impulsa su preservación dentro de las cinco millas marítimas peruanas. 

A través del citado Reglamento, se establece que, en coordinación con el Ministerio de Cultura, se elaborará el Registro Nacional de Pescadores Tradicionales Ancestrales; así como, el Registro Nacional de Pescadores Artesanales, al que se podrá tener libre acceso, con la finalidad de identificarlos y desarrollar programas o servicios que puedan beneficiarlos.

Con la información suministrada en estos registros, Produce podrá diseñar diversos productos, servicios y acciones, que contribuyan a mejorar la calidad de vida de los pescadores ancestrales y artesanales, otorgándoles mayores posibilidades de acceso a servicios públicos, educación, capacitación y otros beneficios.

Se debe señalar que estos beneficios están enfocados también a aquellos pescadores que tienen prácticas reconocidas por el Ministerio de Cultura, como son los pescadores en vela, los pescadores en caballito totora, los pescadores en balsas u otros tipos de pescadores que pueden estar en un proceso de reconocimiento de sus prácticas.

Además, cartera ministerial también publicó un nuevo proyecto de Decreto Supremo que modifica los artículos 30 y 63 del Reglamento de la Ley General de Pesca, que define el predominio de trabajo manual en la pesca artesanal, proponiendo que la zona de las cinco millas marítimas se constituye como una zona de protección de flora y fauna, prohibiendo la actividad industrial dentro de esta, disponiendo prohibiciones tales como el uso de artes y/o aparejos que modifiquen las condiciones bioecológicas del medio marino, establecidas en norma expresa y propone el establecimiento de mecanismos de adecuación de los permisos de pesca artesanal a menor escala, según corresponda.

(Fuente: Produce)

Cinco días después comenzará la segunda temporada de pesca industrial del recurso.

El Ministerio de la Producción (Produce) autorizó el inicio de la pesca exploratoria de anchoveta para el consumo humano indirecto, desde las cero horas hoy hasta el domingo 27 (cinco días calendario). Además, ordenó que, a su término, comience la segunda temporada de pesca industrial de este año.

La pesca exploratoria y la segunda temporada pesquera fueron autorizadas mediante la resolución ministerial n.° 00391-2022-Produce, publicada anoche. En la norma se señala como área para la realización de ambas actividades la zona norte-centro del litoral, fuera de las cinco millas marinas.

Produce precisa que en la pesca exploratoria podrán participar las embarcaciones pesqueras de mayor escala que tengan permiso de pesca vigente para extraer anchoveta y cuenten con un porcentaje máximo de captura por embarcación (PMCE) para la zona norte-centro. También, haber sido nominadas en la primera temporada pesquera.

CUOTA: 2,2 MILLONES DE TONELADAS
En cuanto a la segunda temporada de pesca industrial, la resolución señala que esta iniciará cuando concluya la pesca exploratoria y concluirá cuando se haya alcanzado el Límite Máximo Total de Captura Permisible (LMTCP) del recurso para la zona norte-centro, fijado en 2 283 000 toneladas.

La norma deja abierta la posibilidad de que se cierre la segunda temporada de extracción de anchoveta cuando el Instituto del Mal del Perú lo recomiende por “circunstancias ambientales o biológicas”. Produce prohíbe la pesca del recurso juvenil (menor talla) por más del 10 % del total capturado.

(Redacción El Ferrol)

Sidebar 1