El MINJUSDH estimó que 18 millones de peruanos se verán beneficiados en materia sucesoria y de actos personales; y 7.6 millones en materia de representación.
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) informó que ya se encuentra en vigencia el Decreto Legislativo n.º 1626, por el cual se simplifican los requisitos de territorialidad para la inscripción de títulos en las oficinas registrales de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) a nivel nacional, de los registros de Personal, Sucesiones Intestadas, Testamentos y Mandatos y Poderes.
Esta norma modificó los artículos 2033, 2037, 2040 y 2042 del Código Civil; eliminando las múltiples inscripciones territoriales, que generaba complicaciones operativas para los ciudadanos y el sistema registral. De esta manera, el MINJUSDH alinea la normativa con la actualidad tecnológica y operativa de la entidad registral.
El portafolio ministerial resaltó que con este Decreto Legislativo habrá, además, una reducción de costos, pagos y tiempo para los ciudadanos; así como se evitará la multiplicidad, generando una eficiencia administrativa y, lo más importante, contar con una seguridad jurídica.
El MINJUSDH estimó que 18 millones de peruanos se verán beneficiados en materia sucesoria y de actos personales; y 7.6 millones en materia de representación. Asimismo, se verá una reducción de costos de hasta un 75% en estos trámites; ahorro de tiempo de un 30 %; hasta un 50 % de reducción de cargas administrativas; y un incremento del acceso a servicios registrales en línea de un 30 %.
Finalmente, el Ministerio de Justicia destacó que esta simplificación se hace posible luego que la Sunarp concretó la interconexión de información registral a nivel nacional, logrando simplificar y modernizar sus sistemas para facilitar transacciones más seguras y confiables.
(Fuente: MINJUSDH)