Sepa quiénes pueden excusarse. Acceda al link de la Onpe para su trámite virtual.

Si usted fue elegido miembro de mesa para las Elecciones Regionales y Municipales 2022 y no podrá cumplir, debe leer esto. El plazo para presentar su excusa ante la Organización Nacional de Procesos Electorales (Onpe) vence este sábado 20, de acuerdo a la Ley Orgánica de Elecciones (Ley N.° 26859).

La norma precisa, en su artículo 58, que la solicitud de excusa solo puede formularse por escrito o virtualmente, sustentada con prueba instrumental (documental), hasta cinco (5) días hábiles después de efectuada la publicación definitiva de la lista de miembros de mesa. La Onpe publicó esa relación el 15 del corriente.

La Onpe advierte que el ciudadano que pida una excusa no debe registrar multa electoral por omisión al sufragio. Además, los documentos que acreditan las causales de excusas deben ser redactados en el idioma oficial (español). En caso contrario, se debe acompañar la traducción oficial.

TRÁMITA VIRTUAL

La Onpe brinda dos maneras de solicitar excusas y justificaciones: la presencial (se entrega un formulario llenado a mano ante una Oficina Descentralizada de Procesos Electorales - ODPE, adjuntado un documento que acredite la causal invocada) y la virtual. El organismo electoral, recomienda utilizar la segunda, a través del sitio web: https://excusaojustificacion.onpe.gob.pe/

El detalle de las causales para solicitar una excusa o justificación, sus respectivos sustentos, los formularios, el costo de los trámites, la forma de pago y hasta el horario de atención, figuran en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Onpe (Resolución Jefatural N.° 2790-2022/JNE/ONPE).

LAS EXCUSAS

La Ley Orgánica de Elecciones, en su artículo 58, precisa que solo pueden presentar excusa quienes sufran un grave impedimento físico o mental, se encuentren fuera del país o sean mayores de 70 años. En su artículo 57, presenta 12 casos en los que se aceptan excusas. Revise la lista completa aquí abajo.

Adicionalmente, para esta elección, las mujeres gestantes y las personas con hijos de dos años o menos fueron añadidas al grupo de ciudadanos que pueden ser exonerados de la obligación de ser miembros de mesa. Esta incorporación se dio a través de la Resolución Jefatural N.° 002595-2022-JN/ONPE.

La resolución también menciona que los ciudadanos con más probabilidades de presentar complicaciones por COVID-19 pueden ser exonerados de integrar una mesa de votación. Precisa que son personas que padecen afecciones cardíacas, enfermedades pulmonares, cáncer, diabetes, obesidad, hipertensión arterial y otras dolencias. Para ellos y el grupo anterior, el trámite es gratuito.

LAS JustificaciONES

La otra figura de la legislación electoral que permite a un miembro de mesa no cumplir con su deber es la justificación. Se trata de la opción para los ciudadanos con las enfermedades arriba indicadas. El pedido de justificación se presenta ante una ODPE.

Para pedir una justificación, la solicitud debe presentarse, con el certificado médico, hasta cinco días naturales previos a la fecha de la elección y, excepcionalmente, al día siguiente ante el Jurado Electoral Especial (JEE). El plazo se computará desde la fecha de recepción de la solicitud en la sede de la ODPE.

El dato

La Onpe publicó el lunes 15, a través de sus 93 oficinas descentralizadas de procesos electorales, la relación definitiva de los ciudadanos que conducirán las mesas de sufragio, en las elecciones regionales y municipales del 2 de octubre.

(Redacción El Ferrol)

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